El Gobierno oficializó el reglamento que restringe el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares en colegios públicos y privados de primaria y secundaria en todo el país. La medida busca mejorar la atención, el rendimiento y los aprendizajes, además de fortalecer la convivencia escolar.
La nueva disposición está contenida en el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, publicado este sábado 3 de octubre en el Diario Oficial El Peruano. El reglamento desarrolla la Ley N.° 32385 y establece las reglas que deberán aplicar las instituciones educativas de Educación Básica.
La restricción del uso de celulares en colegios tiene alcance nacional y comprende a instituciones educativas públicas y privadas de primaria y secundaria, así como a los programas de Educación Básica comprendidos en la norma.
De acuerdo con el reglamento, los estudiantes no podrán utilizar sus celulares durante las actividades educativas, incluso cuando estas se desarrollen fuera del horario habitual de clases o fuera de las instalaciones del colegio. La restricción es de cumplimiento obligatorio.
Sin embargo, la norma no establece una prohibición absoluta. Existen situaciones especiales en las que los estudiantes sí podrán utilizar estos dispositivos, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
¿Cuándo se permitirá usar el celular?
Una de las principales excepciones corresponde al uso con fines educativos. Los celulares podrán emplearse cuando sean utilizados como herramientas para el proceso de enseñanza y aprendizaje y exista autorización del director o docente responsable.
También se permitirá su utilización cuando el estudiante enfrente barreras educativas que dificulten su acceso, participación o desarrollo dentro del sistema educativo. En estos casos, la autorización deberá ser determinada por escrito por el director de la institución.
Otra excepción está relacionada con problemas de salud, condiciones o discapacidad. El reglamento permite utilizar el dispositivo cuando sea necesario para monitorear el estado de salud, continuar un tratamiento o atender circunstancias que puedan poner en riesgo al estudiante. Para estos casos se deberá presentar la documentación correspondiente emitida por un profesional de salud o el certificado de discapacidad.
Asimismo, los celulares podrán utilizarse ante una situación de emergencia que involucre la vida, integridad, salud o seguridad de los estudiantes u otras personas y que justifique su uso inmediato.
¿Qué medidas podrán adoptar los colegios?
Las instituciones educativas deberán implementar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la restricción. Si cuentan con los recursos necesarios, podrán habilitar espacios para custodiar los teléfonos durante la jornada escolar.
El reglamento establece que, como regla general, la custodia no deberá superar la jornada escolar. En situaciones vinculadas con la gravedad o reiteración de una conducta, podrán aplicarse otras medidas contempladas en el reglamento interno, respetando criterios de gradualidad, razonabilidad y proporcionalidad.
Además, los colegios deberán colocar en los accesos un aviso visible que informe sobre la restricción del uso de celulares durante las actividades educativas y las excepciones previstas.
El reglamento establece como finalidad contribuir a mejorar la atención, el rendimiento escolar y los aprendizajes, además de promover ambientes que favorezcan la convivencia, la socialización y el desarrollo integral de los estudiantes.
La norma también plantea reducir el ciberacoso y la exposición a contenidos inadecuados en internet que puedan representar riesgos para la salud física y mental de los escolares.
Contexto y antecedentes:
La regulación tiene como antecedente la Ley N.° 32385, publicada en junio de 2025, que estableció la restricción del uso de celulares en instituciones de Educación Básica públicas y privadas. La ley dispuso que el Poder Ejecutivo aprobara posteriormente un reglamento para establecer los mecanismos de implementación.
El Minedu publicó en enero de 2026 un proyecto de reglamento para recibir comentarios y aportes antes de aprobar la versión definitiva.
Con la publicación del Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, las instituciones educativas cuentan ahora con el marco reglamentario para aplicar la restricción y determinar los procedimientos correspondientes dentro de sus respectivos reglamentos internos.