María del Carmen Barragán Coloma, hermana del senador Daniel Barragán, fue retirada del cargo de asesora III de la Presidencia Ejecutiva de EsSalud apenas cinco días después de su designación. La institución oficializó su salida el 22 de octubre de 2026 mediante una resolución firmada por su presidenta ejecutiva, Elizabeth Zulema, sin precisar los motivos de la decisión.

¿Cuánto tiempo permaneció en el cargo la hermana de Daniel Barragán?

La designación de María del Carmen Barragán Coloma fue aprobada el 17 de octubre de 2026, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 001388-PE-ESSALUD-2026. Sin embargo, cinco días después, EsSalud dispuso dar por concluido su nombramiento como asesora III de la Presidencia Ejecutiva.

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La medida quedó formalizada a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 1407-PE-ESSALUD-2026, emitida el 22 de octubre. El puesto correspondía al nivel Ejecutivo 3 y formaba parte de los cargos de confianza de la institución.

La rapidez con la que se produjo el cese marca el principal dato de este caso. No obstante, el documento oficial no detalló las razones por las que se decidió finalizar la designación de la hermana del senador.

¿Qué explicó EsSalud sobre su salida?

Según la resolución, la institución consideró pertinente dar por concluida la designación de Barragán Coloma. Sin embargo, no incluyó una explicación específica sobre los motivos de la decisión.

Por ello, con la información disponible en el documento citado, no es posible establecer qué originó su salida ni afirmar que estuviera relacionada con algún cuestionamiento particular.

La decisión se produjo después de que la funcionaria permaneciera cinco días en el cargo, de acuerdo con las fechas de las resoluciones de nombramiento y cese.

¿Qué obligaciones deberá cumplir tras dejar el cargo?

La resolución también establece obligaciones para Barragán Coloma después de su salida. Entre ellas, deberá mantener la reserva sobre los asuntos y la información a los que tuvo acceso durante el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, tendrá que respetar las prohibiciones contempladas en la Ley N.° 31564. De acuerdo con el documento, el incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en una inhabilitación para prestar servicios al Estado, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades.

Otra de las obligaciones corresponde a la presentación de declaraciones juradas. La exfuncionaria deberá entregar su declaración jurada de ingresos, bienes y rentas dentro de los 15 días útiles posteriores al cese.

Además, tendrá que presentar su declaración jurada de intereses ante la Contraloría General de la República dentro de los primeros 15 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución.

¿Por qué es relevante la decisión?

El caso involucra a María del Carmen Barragán Coloma, hermana del senador Daniel Barragán, quien había sido designada para ocupar un cargo de confianza en la Presidencia Ejecutiva de EsSalud.

La principal información confirmada es que su nombramiento fue concluido cinco días después de haber sido aprobado. Sin embargo, la resolución citada no precisa los motivos del cese, por lo que cualquier explicación sobre las causas de la medida requeriría información adicional.

Hasta lo señalado en el documento, EsSalud formalizó la salida y estableció las obligaciones que la exfuncionaria deberá cumplir tras dejar el puesto.