El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, promulgó una ley para policías y militares que establece nuevas reglas sobre los delitos de función y el juzgamiento de los integrantes de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. La norma también contempla sanciones para los agentes que participen en bandas u organizaciones criminales.
La medida modifica disposiciones del Código Militar Policial y del Código Procesal Penal. El Congreso aprobó el dictamen en segunda votación el pasado 23 de junio con 52 votos a favor.
Ley para policías y militares: ¿qué delitos serán evaluados en el fuero militar-policial?
La norma establece que los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas podrán ser juzgados en el fuero militar-policial cuando cometan un delito relacionado directamente con el cumplimiento de sus funciones.
En el caso de los militares, la ley considera delito de función a las conductas ilícitas cometidas durante operaciones destinadas a mantener o restablecer el orden interno. Esta disposición también contempla otras funciones legalmente establecidas durante un estado de emergencia.
Para los policías, la norma incluye actos ilícitos cometidos durante el cumplimiento de labores propias de su institución. Entre estas funciones figuran la prevención e investigación del delito, el control de identidad, las labores de inteligencia y la fiscalización del cumplimiento de las normas de tránsito.
También se consideran las tareas de seguridad personal y domiciliaria, la protección de instalaciones, la vigilancia y control de fronteras y la elaboración de peritajes oficiales de criminalística.
La norma prohíbe dos procesos por los mismos hechos
Uno de los puntos centrales de la ley establece que un policía o militar no podrá enfrentar al mismo tiempo un proceso penal en la justicia ordinaria y otro en el fuero militar-policial cuando ambos casos involucren a las mismas personas y los mismos hechos.
La disposición busca evitar el doble juzgamiento y delimitar qué jurisdicción debe encargarse de cada investigación.
¿Por qué Fernando Rospigliosi promulgó la ley?
El proyecto fue enviado al Poder Ejecutivo después de su aprobación en el Congreso. Sin embargo, el presidente José María Balcázar no promulgó ni observó la norma dentro del plazo constitucional establecido.
Ante esta situación, Fernando Rospigliosi procedió con la promulgación de la ley, amparándose en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú y en el artículo 80 del Reglamento del Congreso.
La nueva norma también establece sanciones para los integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que participen en bandas u organizaciones criminales. De esta manera, el Congreso busca diferenciar las acciones relacionadas con el cumplimiento de la función militar o policial de los delitos comunes y de las actividades criminales.
La promulgación de la ley abre un nuevo debate sobre los límites entre la justicia ordinaria y el fuero militar-policial. Mientras sus impulsores sostienen que la norma brinda mayor claridad para juzgar las acciones realizadas durante estados de emergencia, sus alcances podrían generar nuevas discusiones sobre la responsabilidad de los agentes del orden y el control judicial de sus actuaciones.
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