El JEE declara improcedente pedidos de nulidad de Juntos por el Perú y marca un nuevo episodio en la disputa electoral tras la segunda vuelta presidencial. La agrupación liderada por Roberto Sánchez buscaba anular votos emitidos en el extranjero alegando presuntas irregularidades. Sin embargo, el Jurado Electoral Especial Lima Centro 2 rechazó los recursos al considerar que fueron presentados fuera de plazo y sin cumplir requisitos establecidos por la ley.

¿Por qué el JEE rechazó los pedidos de nulidad?

El Jurado Electoral Especial Lima Centro 2 evaluó las solicitudes presentadas por representantes vinculados a Juntos por el Perú. Tras revisar la documentación, determinó que los recursos no respetaron el plazo legal de tres días posteriores a la jornada electoral.

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Además, los solicitantes no adjuntaron el comprobante de pago de la tasa electoral obligatoria. El organismo recordó que este requisito resulta indispensable para admitir este tipo de procedimientos.

Por ese motivo, el tribunal decidió declarar improcedentes los pedidos de nulidad total y parcial relacionados con las votaciones realizadas en 119 oficinas consulares ubicadas en distintos países.

JEE declara improcedente pedidos de nulidad de Juntos por el Perú por incumplir requisitos legales

Una de las resoluciones analizó el recurso presentado por el personero legal de la agrupación política, quien solicitó la nulidad total de las mesas de sufragio en el exterior por presuntos vicios e irregularidades.

No obstante, el órgano electoral detectó que la solicitud ingresó varios días después del vencimiento del plazo legal. También verificó que el expediente carecía del pago exigido por la normativa electoral.

El tribunal enfatizó que ambas observaciones impiden continuar con el trámite. Por ello, rechazó el pedido sin ingresar al análisis de fondo de las denuncias planteadas.

¿Qué ocurrió con el pedido de nulidad parcial?

El JEE también revisó una segunda solicitud presentada por una ciudadana que pidió investigar supuestas incidencias en mesas ubicadas en Estados Unidos, Francia y España.

La resolución señaló que la solicitante no contaba con legitimidad procesal para formular este tipo de pedidos, ya que no figuraba como personera legal acreditada ante el organismo electoral.

Además, el tribunal reiteró que la solicitud llegó fuera del plazo establecido y tampoco cumplió con el pago de la tasa correspondiente.

JEE exhorta a respetar las normas electorales

En sus resoluciones, el Jurado Electoral Especial incluyó una exhortación dirigida a los representantes de la organización política involucrada.

El organismo recordó que los procesos electorales deben desarrollarse bajo principios de buena fe, respeto mutuo y cumplimiento estricto de las normas vigentes. También precisó que no tiene facultades para realizar investigaciones dentro de los procedimientos de nulidad electoral.

¿Puede Juntos por el Perú apelar esta decisión?

Aunque el JEE rechazó ambos recursos en primera instancia, Juntos por el Perú todavía puede presentar una apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que actuará como última instancia.

Mientras tanto, esta decisión representa un respaldo inicial a la validez de los resultados provenientes del extranjero y constituye una de las primeras respuestas oficiales frente a los cuestionamientos planteados por la agrupación de Roberto Sánchez sobre el proceso electoral.